Para muchos hasta ahora no les quedaba claro,… si tiene transgénicos es de segunda, o de tercera, o de cuarta.
Viva la integración productiva!!!
Este es el Desarrollo Productivo que se promueve en Uruguay.
Este si es un País Natural.
La justicia europea falla que la miel contaminada de polen transgénico no puede venderse sin autorización
BRUSELAS, 6 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este martes que la miel contaminada de polen derivado de un organismo transgénico no puede comercializarse sin autorización previa.
La sentencia se refiere al caso de un grupo de apicultores alemanes, cuya miel se vio contaminada por el polen de maíz genéticamente modificado de la compañía Monsanto. El maíz estaba siendo cultivado en terrenos próximos por el Estado de Baviera con fines experimentales.
El Tribunal de Justicia señala que "el carácter intencional o fortuito" de la introducción del polen transgénico en la miel "no puede hacer que el alimento que contiene ingredientes producidos a partir de organismos genéticamente modificados quede excluido de la aplicación de dicho régimen de autorización".
El grupo de los Verdes en la Eurocámara ha destacado que la sentencia demuestra que la coexistencia entre cultivos tradicionales y transgénicos "es una falacia" y que "permitir el cultivo de transgénicos claramente lleva a la contaminación de cultivos no transgénicos y otros alimentos como la miel".
La miel con residuos de OGM necesita autorización previa para ser comercializada
"La miel y los complementos alimenticios que contienen polen derivado de un OGM son alimentos producidos a partir de OGM que no pueden comercializarse sin autorización previa", explica un comunicado del tribunal.
La sentencia precisa, no obstante, que ese polen ya no constituye en sí mismo un transgénico cuando ha perdido su capacidad reproductiva y carece de toda capacidad de transferir material genético.
Que la introducción del polen en la miel se haya producido de manera intencional o fortuita "no puede hacer que el alimento que contiene ingredientes producidos a partir de OGM quede excluido de la aplicación de dicho régimen de autorización", según la corte.
El caso se refiere a la demanda interpuesta por Karl Heinz Bablok, un apicultor alemán, contra el estado federado de Baviera, después de haber descubierto que la miel que producía para su propio consumo y para la venta contenía residuos de maíz genéticamente modificado.
La zona donde el apicultor trabajada estaba en las inmediaciones de unos terrenos donde el estado de Baviera ha cultivado durante años maíz transgénico MON 810, de la empresa Monsanto, con fines de investigación.
Las trazas de OGM estaban también presentes en el polen de maíz que el apicultor producía como complemento alimenticio.
Ante el temor a que se prohibiera la venta de sus productos debido a la presencia de trazas de transgénicos, el agricultor presentó una denuncia ante la justicia alemana, que a su vez elevó el caso al Tribunal de la UE.
El objetivo era determinar si la presencia de polen de maíz genéticamente modificado en los productos de apicultura constituye una "modificación sustancial" de estos que haga necesaria una autorización para su comercialización.
La sentencia recuerda que la normativa europea exige que la comercialización o liberación intencional en el medioambiente de transgénicos sólo se pueda realizar previa autorización.
Además, subraya que la obligación también se aplica a los OGM destinados a la alimentación humana, a los alimentos que contengan transgénicos, a los que se han elaborado a partir de OGM o a los que incluyan ingredientes producidos a partir de estos organismos.
La obligación de autorización existe con independencia de la proporción de material modificado genéticamente contenida en el producto en cuestión, precisa el fallo.
05/09 2011
La perdida de mercado por comercializar cultivos geneticamente modificados, rociados con herbicidas de Monsanto, afecta la economía sudamericana. Aunque en la televisión argentina pretendan mostrar al glifosato como un elemento saludable y a los GM como la panacea productiva, el ingreso de estos productos está terminantemente prohibido en naciones como Alemania. Recientemente, mieles uruguayas no ingresaron a el país europeo por tener polen transgénico. ¿Este es el negocio del campo argentino? ¿Perder ventas a países del primer mundo que podrían aportar mayores ingresos? ¿Cual es el negocio de trabajar con Monsanto? ¿Que Monsanto gane más dinero mientras contamina Argentina y mata a las personas con cáncer? Y si los productos transgenicos y los herbicidas de Monsanto son tan buenos como pretenden hacernos creer Hermes Binner, o Cristina Fernandez de Kirchner o el PRO. ¿Por qué Alemania no permiten que ingrese miel por el simple hecho de poseer "polen" contaminado?
La miel con residuos de OGM debe someterse a autorización, según Tribunal UE
"La miel y los complementos alimenticios que contienen polen derivado de un OMG son alimentos producidos a partir de OMG que no pueden comercializarse sin autorización previa", explica un comunicado del tribunal.
06/09/2011 (Noticia leida 38 veces)
06/09/2011 (Noticia leida 38 veces)
EFE.- La miel que contenga trazas de organismos genéticamente modificados (OGM) debe someterse a una autorización para poder ser comercializada, según una sentencia dictada hoy por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
"La miel y los complementos alimenticios que contienen polen derivado de un OMG son alimentos producidos a partir de OMG que no pueden comercializarse sin autorización previa", explica un comunicado del tribunal.
La sentencia precisa, no obstante, que ese polen ya no constituye en sí mismo un transgénico cuando ha perdido su capacidad reproductiva y carece de toda capacidad de transferir material genético.
Que la introducción del polen en la miel se haya producido de manera intencional o fortuita "no puede hacer que el alimento que contiene ingredientes producidos a partir de OGM quede excluido de la aplicación de dicho régimen de autorización", según la Corte.
El caso se refiere a la demanda interpuesta por Karl Heinz Bablok, un apicultor alemán, contra el estado federado de Baviera, después de haber descubierto que la miel que producía para su propio consumo y para la venta contenía residuos de maíz genéticamente modificado.
La zona donde el apicultor trabajada estaba en las inmediaciones de unos terrenos donde el estado de Baviera ha cultivado durante años maíz transgénico MON 810, de la empresa Monsanto, con fines de investigación.
Las trazas de OGM estaban también presentes en el polen de maíz que el apicultor producía como complemento alimenticio.
Ante el temor a que se prohibiera la venta de sus productos debido a la presencia de trazas de transgénicos, el agricultor presentó una denuncia ante los tribunales alemanes, que a su vez elevaron el caso al Tribunal de Justicia de la UE.
El objetivo era determinar si la presencia de polen de maíz genéticamente modificado en los productos de apicultura constituye una "modificación sustancial" de estos que haga necesaria una autorización para su comercialización.
La sentencia dictada recuerda que la normativa europea exige que la comercialización o liberación intencional en el medioambiente de transgénicos sólo se pueda realizar previa autorización.
Además, subraya que la obligación también se aplica a los OGM destinados a la alimentación humana, a los alimentos que contengan transgénicos, a los que se han producido a partir de OGM o a los que contengan ingredientes producidos a partir de estos organismos.
La obligación de autorización existe con independencia de la proporción de material modificado genéticamente contenida en el producto en cuestión, aclara el fallo.
"La miel y los complementos alimenticios que contienen polen derivado de un OMG son alimentos producidos a partir de OMG que no pueden comercializarse sin autorización previa", explica un comunicado del tribunal.
La sentencia precisa, no obstante, que ese polen ya no constituye en sí mismo un transgénico cuando ha perdido su capacidad reproductiva y carece de toda capacidad de transferir material genético.
Que la introducción del polen en la miel se haya producido de manera intencional o fortuita "no puede hacer que el alimento que contiene ingredientes producidos a partir de OGM quede excluido de la aplicación de dicho régimen de autorización", según la Corte.
El caso se refiere a la demanda interpuesta por Karl Heinz Bablok, un apicultor alemán, contra el estado federado de Baviera, después de haber descubierto que la miel que producía para su propio consumo y para la venta contenía residuos de maíz genéticamente modificado.
La zona donde el apicultor trabajada estaba en las inmediaciones de unos terrenos donde el estado de Baviera ha cultivado durante años maíz transgénico MON 810, de la empresa Monsanto, con fines de investigación.
Las trazas de OGM estaban también presentes en el polen de maíz que el apicultor producía como complemento alimenticio.
Ante el temor a que se prohibiera la venta de sus productos debido a la presencia de trazas de transgénicos, el agricultor presentó una denuncia ante los tribunales alemanes, que a su vez elevaron el caso al Tribunal de Justicia de la UE.
El objetivo era determinar si la presencia de polen de maíz genéticamente modificado en los productos de apicultura constituye una "modificación sustancial" de estos que haga necesaria una autorización para su comercialización.
La sentencia dictada recuerda que la normativa europea exige que la comercialización o liberación intencional en el medioambiente de transgénicos sólo se pueda realizar previa autorización.
Además, subraya que la obligación también se aplica a los OGM destinados a la alimentación humana, a los alimentos que contengan transgénicos, a los que se han producido a partir de OGM o a los que contengan ingredientes producidos a partir de estos organismos.
La obligación de autorización existe con independencia de la proporción de material modificado genéticamente contenida en el producto en cuestión, aclara el fallo.
La miel con residuos de OGM debe someterse a autorización, según Tribunal UE
06/09/2011EFE
Bruselas, 6 sep (EFECOM).- La miel que contenga trazas de organismos genéticamente modificados (OGM) debe someterse a una autorización para poder ser comercializada, según una sentencia dictada hoy por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
"La miel y los complementos alimenticios que contienen polen derivado de un OMG son alimentos producidos a partir de OMG que no pueden comercializarse sin autorización previa", explica un comunicado del tribunal.
La sentencia precisa, no obstante, que ese polen ya no constituye en sí mismo un transgénico cuando ha perdido su capacidad reproductiva y carece de toda capacidad de transferir material genético.
Que la introducción del polen en la miel se haya producido de manera intencional o fortuita "no puede hacer que el alimento que contiene ingredientes producidos a partir de OGM quede excluido de la aplicación de dicho régimen de autorización", según la Corte.
El caso se refiere a la demanda interpuesta por Karl Heinz Bablok, un apicultor alemán, contra el estado federado de Baviera, después de haber descubierto que la miel que producía para su propio consumo y para la venta contenía residuos de maíz genéticamente modificado.
La zona donde el apicultor trabajada estaba en las inmediaciones de unos terrenos donde el estado de Baviera ha cultivado durante años maíz transgénico MON 810, de la empresa Monsanto, con fines de investigación.
Las trazas de OGM estaban también presentes en el polen de maíz que el apicultor producía como complemento alimenticio.
Ante el temor a que se prohibiera la venta de sus productos debido a la presencia de trazas de transgénicos, el agricultor presentó una denuncia ante los tribunales alemanes, que a su vez elevaron el caso al Tribunal de Justicia de la UE.
El objetivo era determinar si la presencia de polen de maíz genéticamente modificado en los productos de apicultura constituye una "modificación sustancial" de estos que haga necesaria una autorización para su comercialización.
La sentencia dictada recuerda que la normativa europea exige que la comercialización o liberación intencional en el medioambiente de transgénicos sólo se pueda realizar previa autorización.
Además, subraya que la obligación también se aplica a los OGM destinados a la alimentación humana, a los alimentos que contengan transgénicos, a los que se han producido a partir de OGM o a los que contengan ingredientes producidos a partir de estos organismos.
La obligación de autorización existe con independencia de la proporción de material modificado genéticamente contenida en el producto en cuestión, aclara el fallo.
La Comisión Europea aseguró en un comunicado que analizará la sentencia y los pasos que tomará a continuación para garantizar su cumplimiento, que se centrarán en el maíz MON 810, cuya actual autorización de uso en piensos y alimentos no cubre la utilización para la miel, confirmó.
Bruselas abordará este asunto con expertos de los Estados miembros en una reunión del Comité para la seguridad alimentaria el próximo 22 de septiembre.
Por su parte, La organización ecologista Friends of the Earth Europe consideró que la sentencia es "una victoria para los apicultores, los consumidores y para el movimiento que propugna una agricultura sin transgénicos".
Según la organización, el fallo demuestra además que la Comisión Europea pone los intereses de la industria biotecnológica por encima de los de los consumidores y el medioambiente. EFECOM
Ricardo Carrera
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