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domingo, 25 de noviembre de 2018

Naciones Unidas adopta La Declaracion de Derechos de campesinos y personas que trabajan en zonas rurales

20 nov. CI.- El 19 de noviembre fue aprobada la Declaración sobre los derechos de los campesinos, las campesinas y de otras personas que trabajan en las zonas rurales en la Tercera Comisión de la Asamblea General, sesión 53, en la sede de la ONU de Nueva York.
Por Elena Rusca*. Esta Declaración ya había hecho su tránsito en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra – Suiza el 28 de septiembre, durante el último Consejo de Derechos Humanos de 2018 – sesión 39 -, con una votación de 33 países a favor, 3 en contra y 11 abstenciones.
Después de esto la Declaración debía ser aprobada por la Comisión Tercera y luego ratificada por la Asamblea General de la ONU.
Justamente el día de ayer en Nueva York, los Estados miembros de la ONU, ratificaron la declaración con 119 votos favorables, 7 en contra y 49 abstenciones entre ellas la de Colombia.
De hecho, se puede afirmar que el Pleno de la Asamblea General de la ONU adoptará formalmente la Declaración a mediados de diciembre del presente año.
A pesar de la solicitud que hicieron la Vía Campesina Colombia, FIAN Colombia, el CNA, FENSUAGRO, el CIMA, junto a varias organizaciones sociales, al Estado de Colombia para que apoyara esta Declaración, la decisión final fue de abstenerse. Esto demuestra hacia donde se orientará la política del gobierno de Colombia frente a los campesinos.

Entre los principales argumentos por los que los 119 países votaron a favor de la Declaración, están que en ella se reconoce la situación de vulnerabilidad de las comunidades campesinas frente a factores ecológicos (cambio climático), económicos (pobreza rural), productivos, ambientales y de calidad de vida, por lo que se establece un marco normativo que puede permitir a los países desarrollar y fortalecer las políticas especificas que atiendan las particularidades de campesinas y campesinos.
Estos son algunos de los artículos de la Declaración: 
Los Estados respetarán, protegerán y harán efectivos los derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales
Artículo 2
Los Estados adoptarán todas las medidas apropiadas para erradicar todas las formas de discriminación de las campesinas y otras mujeres que trabajan en las zonas rurales y para promover su empoderamiento
Artículo 4
Los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales tienen derecho a la libertad de pensamiento, creencias, conciencia, religión, opinión, expresión y reunión pacifica
Artículo 8
Los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales tienen derecho a una alimentación adecuada y el derecho fundamental a estar protegidos contra el hambre
Artículo 11
Los Estados brindarán un acceso sin discriminaciones, mediante organismos judiciales y administrativos imparciales y competentes, a medios oportunos, asequibles y efectivos para solucionar las controversias en el idioma de las personas afectadas, y proporcionarán recursos rápidos y efectivos, que podrán incluir el derecho de apelación, la restitución, la indemnización, la compensación y la reparación
Artículo 12, p 2
Los campesinos y otras personas que viven en zonas rurales tienen derecho a la tierra, individual o colectivamente tienen derecho a acceder a la tierra, las masas de agua, las aguas costeras, las pesquerías, los pastos y bosques
        Artículo 14, p 2


  •  "Los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales tienen derecho a no utilizar sustancias peligrosas o productos químicos tóxicos, como productos agroquímicos o contaminantes agrícolas o industriales, y a no exponerse a ellos." 

  • p 4. Los Estados adoptarán todas las medidas necesarias para:

  •  a) Prevenir los riesgos para la salud y la seguridad generados por las tecnologías, los productos químicos y las prácticas agrícolas, incluso mediante la prohibición y la restricción de su uso; 

Artículo 17
Los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales tienen derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras, así como de los recursos que utilizan y gestionan
Artículo 18
Los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales tienen derecho a las semillas, a proteger conocimientos tradicionales, a mantener, controlar, proteger y desarrollar sus propias semillas y conocimientos tradicionales
Artículo 19
Los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales tienen derecho a una vivienda adecuada, a mantener un hogar y una comunidad seguros en que puedan vivir en paz y dignidad, y el derecho a no ser discriminados
Artículo 24
Los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales tienen derecho a una formación adecuada que esté adaptada al entorno agroecológico, sociocultural y económico en que se encuentren

Por otro lado, entre los 49 países que se abstuvieron se encuentran Argentina, Brasil, Colombia, Guatemala y Honduras, de estos solo Brasil, manifestó públicamente su posición. En el caso de Colombia no hubo respuesta del gobierno nacional a la carta dirigida al Presidente Duque para su apoyo a la Declaración.
Mientras que, los países que votaron en contra fueron Australia, Hungría, Israel, Nueva Zelanda, Suecia, Reino Unido y Estados Unidos. Quienes entre otros puntos argumentan: el rechazo a reconocer los derechos colectivos y la falta de reconocimiento o definición internacional sobre varios de los artículos contenidos en la declaración sobre semillas, regreso a la tierra, uso de formas tradicionales de cultivo, Soberanía Alimentaria y la diversidad biológica.

Mapa visual de la votación frente a la Declaración de los Derechos de los Campesinos.
Verde a favor, Amarillo abstención, Rojo en contra. 
Cortesía La Via Campesina.



En el corto plazo, la Declaración será votada nuevamente en la Asamblea General de las Naciones Unidas en Diciembre para su adopción final, esta votación se espera formalize la decisión tomada por la Tercera Comisión. En Colombia, la Red Nacional de Agricultura Familiar – RENAF junto a las organizaciones y movimientos sociales que seguimos luchando, construyendo, impulsando, tejiendo y resistiendo por la Agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria hacia la Soberanía Alimentaria.

Documentos:

fuentes:
 http://agriculturafamiliar.co
http://www.colombiainforma.info




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