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miércoles, 25 de mayo de 2011

*El contrato secreto de inversión entre el Gobierno y Montes del Plata*

Este contrato secreto define el curso de la utilización de los recursos naturales del país, de su ordenamiento territorial, de su medio ambiente, en fin, el curso del desarrollo nacional, condicionando las posibilidades de intervención de la sociedad nacional y la acción soberana de la nación por un muy largo período.

 


*COMUNICADO DE PRENSA


*El contrato secreto de inversión entre el Gobierno y Montes del Plata*

El jueves 12/05/2011 el Semanario BUSQUEDA publicó un extracto del contrato
de inversión suscrito entre el Poder Ejecutivo y la empresa Montes del Plata
(consorcio Stora Enso – Arauco), firmado el 18 de enero pasado, donde se
establecen los términos y condiciones que le asegura el país a la empresa
para que lleve a cabo la inversión del megaproyecto de planta de celulosa en
Punta Pereira, en la localidad de Conchillas del departamento de Colonia
(1).

Copia de ese contrato había sido solicitada por el Ministerio Público –
fiscal Enrique Viana – pero se le negó el acceso alegando que el contrato
incluía una cláusula de “confidencialidad” donde ambas partes se obligaban a
no divulgar información relacionada con dicho convenio. El Fiscal considera
que estas negociaciones secretas del Poder Ejecutivo atentan contra lo que
es un asunto *de interés general o público* de acuerdo a lo previsto en la
Constitución de la República; contra las previsiones del marco jurídico
ambiental; contra la ley de libre acceso a la información pública por parte
de la ciudadanía y contra la transparencia democrática (2).

*La chancha y los cuatro reales *

* *

Mediante un contrato leonino Montes del Plata se aseguró un conjunto de
condiciones productivas y económicas para toda su vida útil, al cual ningún
empresario nacional hubiera soñado acceder para su negocio. Esta bendición
inicial del Poder Ejecutivo opera, además, como un pase libre para las
sucesivas instancias que deben recorrer proyectos de esta magnitud. Algunos
puntos claves se sintetizan a continuación.

1. *Beneficios tributarios de todos los colores*. El proyecto –en su
ubicación industrial y puerto- operará bajo el régimen de zona franca *
recargada*, y por si fuera poco, es promovido con los beneficios que
determina la ley de inversiones. Las plantaciones y las faenas asociadas de
manejo, cosecha y transportes, reciben todos los beneficios de la ley
forestal vigente.

“En cuanto a la zona franca en que operará Montes del Plata, el documento
indica que la empresa podrá solicitar la ampliación de la superficie del
enclave en caso de que en el futuro el emprendimiento celulósico aumente su
capacidad de producción o incorpore industrias conexas. La extensión de la
zona franca será hasta un área máxima del doble de la superficie ya otorgada
(361 hectáreas)”. Por si fuera poco, “el Poder Ejecutivo se comprometió a
autorizar a esa empresa, como usuaria de la zona franca, a emplear un
porcentaje mayor de personal extranjero” que según la Ley de Zonas Francas
es de hasta un máximo del 25% de la plantilla.

2. *Rentabilidad blindada para siempre*. “Si hubiera cambios significativos
en el régimen tributario o en materia de permisos y autorizaciones que
afectaran negativamente las condiciones económicas del proyecto* *de Montes
del Plata, el gobierno y esa empresa revisarán los beneficios especiales que
se otorguen en el marco de la ley de inversiones para compensar’ los
eventuales perjuicios.”

La empresa concesionaria de la terminal de contenedores del Puerto de
Montevideo (la belga Katoen Natie) ya mostró la reacción de estos inversores
al menor evento que afecte las condiciones de rentabilidad, sea por una
acción directa del Gobierno (régimen tributario o similares), o simplemente
por permitir actuar a otros agentes que compitan con sus productos, por sus
materias primas, o que encarezcan servicios industriales básicos.

3. *El Gobierno reclasificará los suelos* – de acuerdo a la conveniencia de
la empresa – para incrementar sus ganancias. El Gobierno y Montes del Plata
acordaron hacer los “mejores esfuerzos para lograr una superficie forestable
de 100.000 hectáreas de [nuevos suelos declarados de aptitud forestal] con
posibilidad de ser plantadas dentro del radio de 200 kilómetros de la futura
fábrica”. “Las partes acordaron la necesidad de ir sustituyendo las
plantaciones más alejadas de la planta por otras ubicadas en un radio máximo
de 200 kilómetros de Punta Pereira”.

“En el contrato se señala que la Dirección de Recursos Naturales Renovables
(RENARE) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) inició un
estudio que permitirá el enriquecimiento de la cartografía de suelos y una
subdivisión de los categorizados como 5.02b”. “De ese estudio debería surgir
una cantidad de suelos recategorizados, suficiente para las necesidades del
proyecto, según el documento. Y adelanta que en caso que así no fuera, las
partes harán los mejores esfuerzos para encontrar soluciones alternativas
para lograr una superficie forestable de 100.000 hectáreas, con posibilidad
de ser plantadas dentro del radio de 200 kilómetros de Punta Pereira”.

“El estudio o las soluciones alternativas deberán completarse en no más de
tres años, sin perjuicio de ir consensuando soluciones parciales a partir de
la decisión definitiva de implementar el proyecto, establece. Mientras no
concluya la recategorizació n de suelos por parte de la RENARE (MGAP), el
gobierno asumió la responsabilidad de que los suelos 5.02b que cuenten con
características para ser considerados de prioridad forestal, serán
considerados suelos condicionados y deberán contar con la aprobación de esa
dependencia. Para cumplir con los planes de plantación de árboles el
gobierno acordó emitir resolución respecto de los proyectos de esa compañía
en un plazo máximo de cuatro meses, en el caso de los suelos de prioridad
forestal o condicionados, y de seis meses para los que no son de prioridad
forestal”.

Hasta ahora no se había logrado por parte del movimiento ambiental y por
sectores académicos, que el Poder Ejecutivo revisara la definición y
extensión de los suelos de aptitud forestal por argumentos de interés
público, como otros criterios técnicos adicionales al tipo de suelos que se
habían utilizado tradicionalmente, incluyendo características del ecosistema
y de los otros recursos naturales, sus relaciones con el ciclo hidrológico,
etc. Pero, por los intereses de una empresa – que ya maneja más de 200.000
hectáreas en propiedad y otras formas de tenencia – rápidamente se pone a
trabajar al MGAP, y se obliga a plazos terminantes para cumplir el
condicionamiento establecido.

Guayubira ya había señalado en un comunicado de noviembre de 2010
declaraciones del Intendente coloniense Walter Zimmer, quien había afirmado
que “es un asesinato forestar en esta parte del país”, y remarcó en esa
ocasión que “el presidente está totalmente de acuerdo con que no se foreste
en Colonia”. También había agregado, “es arruinar el departamento donde
somos productores de alimentos y además tenemos una reserva de agua muy
importante y acá lo que va a faltar en el futuro son alimentos y agua” (4).

También en ese comunicado se adelantaba que “Montes del Plata estaría
presionando al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca para que
reclasifique los suelos de Colonia y ‘encuentre’ 100.000 hectáreas de
prioridad forestal. En ese sentido, estarían apuntando a un grupo de suelos
(5.02.b), que son los que están en la parte alta del paisaje, bastante
superficiales, pero que han sido históricamente incorporados a la producción
lechera, agrícola y ganadera del departamento” .

En este capítulo del memorándum se derivan entonces dos aspectos: se amplía
la extensión nacional de suelos categorizados de aptitud forestal a
solicitud de una empresa, y no se toman en cuenta las perspectivas de la
población local y su gobierno, en aras de mejorar – aún más – la
rentabilidad del megaproyecto.

4. *¿Zafando de la ley de seguridad fronteriza?. ..* En el contrato se
establece “realizar un análisis de los eventuales impactos del proyecto de
ley de seguridad fronteriza y en caso que dicha norma establezca
restricciones a la actividad de esa empresa, ambas partes buscarán en forma
conjunta las alternativas que permitan evitar perjuicios a ese proyecto de
inversión". Esa iniciativa, enviada al Parlamento durante el anterior
período de Gobierno, propone fijar una franja de 20 kilómetros de distancia
de las fronteras seca y fluvial del país con los países vecinos, en la que
los propietarios de los campos no podrán ser ciudadanos extranjeros.

5. *…¿y del Instituto de Colonización? “*El Gobierno asumió además el
compromiso de que el Instituto de Colonización no ejercerá la opción de
compra de las tierras que serán transferidas por las empresas Eufores y El
Esparragal – vinculadas a Ence – a Montes del Plata, en la medida que se
manejen ‘valores de mercado’, según el documento”.

6. *Una ley a medida.* El mes pasado, el MGAP autorizó a El Esparragal
sociedad anónima a ser titular del derecho de propiedad de inmuebles
rurales, una excepción más a favor de las sociedades anónimas pertenecientes
a la empresa. El texto de la Ley de Sociedades Anónimas, cuyo espíritu fue
dar respuesta a las preocupaciones por la concentración de tierras en manos
de empresas extranjeras, ya incluye la excepción a favor de este tipo de
empresas. Y, por si no fuera suficiente, “el gobierno se comprometió a
exonerar del Impuesto al Patrimonio aplicable a las explotaciones
agropecuarias de sociedades vinculadas a esa empresa, cuyos accionistas son
personas jurídicas autorizadas expresamente a ser tenedoras de inmuebles
rurales, otorgándole el mismo tratamiento que a las sociedades cuyos
accionistas son personas físicas. Según el contrato, el gobierno aceptará
como válidas esas autorizaciones para las compras futuras de tierras
necesarias para el proyecto de Montes del Plata”.

*En definitiva,* este contrato de inversión, firmado por un funcionario
representante del Poder Ejecutivo, que no cuenta con la firma de un solo
ministro, que tampoco fue tratado exhaustivamente en el Gabinete de
Ministros, que es de carácter secreto, establece beneficios económicos
excepcionales y notables para una inversión transnacional, a los que no
acceden los empresarios nacionales. Asegura demás que a futuro se compensará
a la empresa ante “cambios significativos en el régimen tributario o en
materia de permisos y autorizaciones que afectaran negativamente las
condiciones económicas del proyecto”. Este contrato secreto define el curso
de la utilización de los recursos naturales del país, de su ordenamiento
territorial, de su medio ambiente, en fin, el curso del desarrollo nacional,
condicionando las posibilidades de intervención de la sociedad nacional y la
acción soberana de la nación por un muy largo período.

Grupo Guayubira

17 de mayo de 2010.

(1) las citas entre comillas son extractos del artículo “Si cambia reglas,
el Ejecutivo compensará a Montes del Plata” publicado por el semanario
Búsqueda, los textos entre paréntesis rectos son agregados de los autores
para mejorar la comprensión. Ver artículo completo en
http://www.guayubir a.org.uy/ celulosa/ contratoMontesde lPlata.pdf

(2) ver texto completo del escrito presentado por del Fiscal Viana en

http://www.guayubir a.org.uy/ celulosa/ MontesdelPlata- abril2011. pdf

(3) ver artículo “Montes del Plata avanza sobre Colonia – La fábrica de
celulosa no viene sola”

http://www.guayubir a.org.uy/ 2010/11/montes- del-plata- avanza-sobre- colonia-la- fabrica-de- celulosa- no-viene- sola/

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